Me echan de Mi Seguro de Hogar por correo

Tengo mi seguro de Hogar con Liberty Seguros desde el 29 de Octubre de 2002. Acabo de recibir una carta certificada donde me dicen que en dos meses, ANULARÁN mi póliza, sin más explicaciones que el art. 22 de la Ley de Seguros de Hogar. Me voy a la Ley y allí pone en su Art. 22 que una póliza de Hogar no puede ser de más de 10 años, aunque a mí, el operario que me atiende por teléfono, me dice que "es que somos poco rentables por dar muchos siniestros". Los siniestros, en 10 años, han sido, 4 o 5 veces por rotura de cristal, una persiana y un sanitario. (Creo que en 10 años no es mucho gasto para ellos...).

De todos modos, a nosotros NUNCA nos dijeron que a los 10 años nos teníamos que buscar otro seguro de hogar...

Hemos pedido que nos envíen todos los siniestros que hemos causado así como el importe que se han gastado en nosotros, y estoy a la espera de recibir (eso espero), el listado por mail. De todos modos, ¿es ésto legal? ¿Pueden echarte sin más sin la más mínima indemnización?

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No les han comunicado -la no renovación a su próximo vencimiento- por el mero hecho de llevar diez años, pues si bien la ley establece que un contrato no podrá tener una duración superior a diez años (duración determinada), sí permite su prorroga por duración no superior a un año (duración indeterminada)

Les han comunicado -la no renovación a su próximo vencimiento- porque la Ley se lo permite según se indica en dicho artº, segundo párrafo: "Las partes pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada con un plazo de dos meses de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso"

Legalmente, el motivo es lo de menos (aunque moralmente comprendo que les fastidie).

Piense que dicho derecho (el de oponerse a la prorroga) es un derecho de ambas partes. Es decir, si en vez de la Aseguradora hubiese sido Ud. quien hubiese deseado anular el seguro, también Ud. hubiese tenido ese derecho.

Lógicamente, al tratarse de un derecho de ambas partes, no cabe ninguna indemnización.

En este caso, tal vez se trata de una anulación al vencimiento por alta siniestralidad, aunque a mí, su siniestralidad no me parece muy alta.

Cuando digo alta siniestralidad, las aseguradoras no siempre contemplan el importe de los siniestros, sino también la frecuencia. Puedes estar cinco años sin siniestros que si declaras tres siniestros en un año... a la calle.

Las aseguradoras son negocios puros y duros, casi tanto como un banco, incluso a veces más.

No se crea todo lo que sale por la tele, porque el marketing es para vender, y una vez han vendido, luego atente al contrato y a la ley.

A veces, cuando más marketing, peor.

Hay excepciones, como en todo.

A veces, funcionan bien un año, y luego funcionan mal tres años seguidos.

Estamos en malos tiempos, y todo el mundo afina.

A veces, los motivos de anulación no tienen nada que ver con la siniestralidad, porque he visto casos en los que una aseguradora -por cualquier razón- se ha querido quitar de encima una cartera (de un agente o de un corredor en concreto, por ejemplo), y lo que hace es fundirse todos los seguros de dicho agente o corredor.

Si Ud. no tiene agente o Corredor, a lo mejor se debe a eso (se quitan los seguros directos en ventanilla) - lo anterior sirva sólo como ejemplo de los múltiples motivos por los que una aseguradora quiere anular un seguro al vencimiento.

Pero también le podría poner muchos ejemplos increíbles de porqué muchos asegurados no renuevan con sus aseguradoras (que les han tratado muy bien a precio razonable).

Esto es un mercado libre, y cumpliendo la ley, no hay nada que objetar.

Y su aseguradora la está cumpliento (aunque a Uds. no les guste).

MI CONSEJO es que no lo convierta Ud. en un asunto personal.

De hecho, en el fondo creo que le están haciendo un favor, porque una póliza de hace 10 años podría ser muy buena, pero también podría ser muy mala, o desactualizada.

Ahora es un buen momento para "renovarse".

Las pólizas de hogar conviene revisarlas cada cierto tiempo, pues nuestras pertenencias suelen variar con el tiempo, y actualmente ya no le cuento los valores de los inmuebles.

Yo de Ud., durante estos dos meses que le quedan de seguro, acudiría a un (buen) Corredor de Seguros.

Los (buenos) Corredores de Seguros le presentarán varias ofertas de distintas aseguradoras según sus necesidades, y no tendrán que pagar más por ello.

Yo de Ud., previamente haría un buen pensamiento del valor de reposición de mis enseres y de mi vivienda.

Recuerde... valor de reposición de vivienda = ¿Qué costaría REPONER completamente mi vivienda con materiales similares a los actuales?... Y ese es el importe que debe poner en CONTINENTE.

Luego, revise habitación por habitación y calcule aproximadamente qué cuesta lo que hay en cada una, y súmelo. Y ese es el importe que debe poner en CONTENIDO.

ATENCIÓN: Los muebles de cocina valorelos APARTE, porque hay pólizas que lo contemplan como Contenido, y otras como Continente.

Según la póliza que les presenten, pregunten si los muebles es Contenido o Continente, e incorporen su precio a dicha partida.

Lo mismo ocurre con los sanitarios

Luego hay una serie de datos importantes a tener en cuenta:

Los metros de la vivienda. Obtenga todos los metros desglosados. Cuando le pregunten, tiene que saber los metros construidos, los metros habitables, los metros de terrazas y/o jardines; los metros comunes; etc. (cada seguro los tiene en cuenta de manera distinta).

Si tiene dudas, saque de la web del catastro un informe de su vivienda y verá todos los metros.

También conviene mirar e incluso llevar -para consultar, no entregar- una fotocopia de la escritura, porque ahí vienen todos los datos (año construcción; metros, etc.).

En su caso, cerciórese de que le incluye CRISTALES Y LOZA SANITARIA.

Una garantía MUY IMPORTANTE es la de RESPONSABILIDAD CIVIL (Inmobiliaria, privada o familiar, etc.)., mi consejo es que sea por un capital no inferior a 300 mil euros.

NO SE... podría estar escribiendo toda la mañana, y no acabaría...

Lo importante son dos cosas:

-No convertir este asunto en un problema, sino en una solución.

-No crea que con ello ha perdido Ud. antigüedad, porque la antigüedad ya no existe (somos números del presente ejercicio. El ejercicio anterior lo cerraron el día uno de enero).

-Ahora es Ud. quien decide, porque Ud. es quien paga.

-Exija un buen producto a un buen precio (hay buenas ofertas).

-Preferiblemente contrate a través de un corredor de seguros, porque un corredor de seguros se debe a su cliente (Ud.) Y no a la Aseguradora con la que intermedia su seguro, lo cual no ocurre con los agentes (que trabajan para la aseguradora), aunque no digo con ello que no haya agentes que sean muy buenos profesionales.

-No le aconsejo seguros baratos por teléfono. Cuando hay problemas de verdad, es mejor tener una cara delante.

¿Puedo ayudarle en algo más?

Suerte.

Cris.

Muchísimas gracias por todas sus explicaciones que me han aclarado bastante la situación. Seguiré sus consejos, muchas gracias de nuevo !

Francisco Javier Martín.

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