Compañía dice que inundación es culpa del ayunt.

El pasado sábado día 8 de agosto, hubo una tromba de agua en el Grao de Castellón a las 3 de la madrugada. Llovieron 73 litros por metro cuadrado en media hora y bajos, garajes, viviendas e incluso las carreteras se vieron inundadas. La noticia apareció en muchos medios de comunicación dada la magnitud del desastre.
Avisé a mi compañía de seguros, Línea Directa, y pasó un perito a evaluar los daños. Vivo en una unifamiliar con sótano y garaje y puertas, paredes, videoconsolas, muebles y todos los objetos que se encontraban allí resultaron dañados ya que la lluvia inundó el pasillo del garaje comunitario y el agua entró en las casas, llegando a más de un palmo de altura.
Asimismo, en una de mis terrazas también se acumuló tal cantidad de agua que rebosó por encima del rodapié y penetró en la vivienda a través de las puertas de salida a la misma.
Después de 3 semanas esperando el resultado y suponiendo que nos indemnizarían o repararían los daños causados, acabo de recibir una llamada de la compañía diciendo que no nos corresponde ninguna indemnnización porque la culpa de la inundación es del ayuntamiento y que es a este organismo al que debemos reclamar.
¿Tienen razón? Y si es así: ¿De qué me sirve estar pagando un seguro del hogar que supuestamente cubre daños por lluvias, inundaciones y daños por agua en general?
No hay absolutamente ninguna cláusula que especifique que en determinados supuestos debo reclamar al ¿ayuntamiento?
¿Dónde puedo acudir para reclamar? ¿Por qué no se hacen cargo ni siquiera de los daños de la terraza, siendo así que se inundó por la cantidad de lluvia y no porque el ayuntamiento pueda tener culpa alguna?
¿Qué debería tener en cuenta para reforzar o cambiar mi póliza y que esto no me vuelva a ocurrir?
Antes tenía un seguro estupendo con Caser, pero mi marido se empeñó en cambiar y aquí tenemos el resultado. Lo barato siempre sale caro.

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Lo primero que debe averiguar es si la zona la han considerado como zona catastrófica.
Segundo, miren como tienen la póliza, si cubre inundaciones, daños propios en contenido y continente.
Tercero el ayuntamiento aquí NO tiene la culpa, porque no es debido a una mala canalización etc... sino a una tromba de agua.
En caso de que los vientos y la cantidad de agua superaran (ver letra pequeña en condiciones generales de la póliza) el seguro NO se hará cargo pero SI se hará cargo el CONSORCIO de compensaciones.
Usted me imagino que dispone en la póliza reclamaciones de daños, solicítelo a su seguro y reclamación jurídica, también solicítelo.
Muchísimas gracias por su prontísima y clara respuesta.
La zona NO ha sido considerada como catastrófica. La póliza indica que cubre daños propios por agua (fugas y roturas de grifos, tuberías ocultas o llaves de paso, omisión de cierre de grifos y/o llaves de paso)
Y en otro apartado indica "Daños por fenómenos atmosféricos" (rayo, viento y pedrisco, lluvia, nieve, inundaciones)
Con respecto a esto que usted me comenta, y copio entre comillas "En caso de que los vientos y la cantidad de agua superaran (ver letra pequeña en condiciones generales de la póliza) el seguro NO se hará cargo pero SI se hará cargo el CONSORCIO de compensaciones."
Si, la cantidad de agua supera la indicada en la letra pequeña. En este caso, si se tuviera que hacer cargo el Consorcio de compensaciones, ¿a quién debo pedir esto?
Tal y como usted comenta, en la póliza me indica que tengo "Defensa jurídica para reclamación de daños" y luego pone: "Reclamación de daños (límite en caso de libre elección abogado: 250 euros)
¿En este caso qué debería hacer? ¿Llamar mañana a la compañía y decir que no estoy de acuerdo y quiero reclamar daños?
Porque mañana mismo tengo que llamarles y pedir explicaciones. También he contactado con el ayuntamiento y estoy a la espera de que me den instrucciones aunque no creo que se vayan a hacer cargo de nada.
Muchas gracias de nuevo y perdone tanta pregunta, es la primera vez que me encuentro con una negativa tan burda y rotunda a una indemnización.
El ayuntamiento, olvídese... si no es por una rotura de un conducto etc... no tiene ninguna responsabilidad.
Mañana llame a la compañía y solicite la "reclamación de daños" y la "defensa jurídica" tienen la obligatoriedad de dársela, ya que paga por ello.
INCONVENIENTE si usted elije un abogado, ¿la compañía solo pagara 250?, pero si la compañía le da un abogado, no paga NADA.
De todas formas en el caso de que pagara el abogado usted podrá reclamar en daños y perjuicios esos honorarios.
En la reclamación de daños, deberá acudir un perito y tasar todo las cosas desperfectas (me ha comentado que ya fue).
Cuando tenga eso, su abogado ya le indicara el proceso a reclamar al consorcio de compensaciones que incluso a lo mejor irá también el perito del consocio.
Esto mismo que le estoy contando, le deberían haber informado su compañía, pero como estamos en agosto y gente sin experiencia (pasa lo que pasa...).
Una maravilla, me ha ayudado muchísimo con sus amplias y claras respuestas y me ha dado un soplo de aire fresco porque la llamada de Línea Directa me ha dejado muy mal, la verdad.
Como bien dice usted, esto me lo debería haber indicado la compañía, pero pecan de incompetentes.
Le estoy muy, muy agradecida, no tengo palabras.
Un cordial saludo desde Castellón.

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