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¿Quien es resposable de los daños?

Experto:
Usuario:
Fecha: 09/10/2008
Valoración: (5,00 sobre 5) Categoría: Seguros de hogar
07/10/2008
weirdo99, usuario preguntando en Seguros de hogar
Usuario
Hace unos meses apareció en mi casa y en la de un vecino unas manchas de humedad a raiz de una gran tormenta que provocó que el agua se filtrara a través de la terraza comunitaria hacia los trasteros y pisos superiores (el edificio tiene mas de 15 años). El seguro de la comunidad no se hace cargo del siniestro. He hablado con el administrador de la comunidad y dice que en principio la comunidad no se hace cargo de los daños salvo que en una junta de propietarios se acuerde hacer pago de dichos daños a los afectados. Además me ha comentado que los vecinos afectados nos pongamos en contacto con nuestro seguro individual a ver si ellos se hacen cargo.Quería saber su opinión. Gracias
07/10/2008
weirdo99, experto respondiendo en Seguros de hogar
Experto
Buenas,
 
Los seguros individuales no se hacen responsables ya que no tienen culpa en el siniestro.
A ver s le clarifico el problema. La responsable es la Comunidad (imagine su comunidad como una persona independiente). Pues bien, cualquier daño que haga la comunidad a un tercero, debe ser cubierta por el seguro de responsabilidad civil de la comunidad.Otra cosa es que el seguro no cubra la reparación del tejado, pero sí debe cubrir los daños que éste ocasiona.
 
La comunidad debe reparar ese tejado, si el seguro lo cubre, bien, si no debe repararlo con los medios económicos que disponga la comunidad. Es como si se estropea el ascensor, pues aquí se ha estropeado el tejado y hay que arreglarlo.
 
Así es como yo lo veo, lo mejor es que de parte a su seguro de hogar, y si dispone de cobertura de defensa jurídica, solicitar ese servicio sin demora.
 
RESUMIENDO: LA COMUNIDAD DEBE REPARAR EL TEJADO Y EL SEGURO DE LA COMUNIDAD DEBE REPARAR LOS DAÑOS QUE USTED TENGA A TRAVÉS DE LA COBERTURA DE RESPONSABILIDAD CIVIL.
 
Espero haberle sido de ayuda. Saludos y gracias por puntuar, tanto para bien como para mal. Si alguna cuestión no le ha quedado clara, responda de nuevo.
jchebib@segurosbilbao.com
movil: 690 88 88 88
Agente exclusivo. Seguros Bilbao (Grupo Catalana Occidente)
08/10/2008
weirdo99, usuario preguntando en Seguros de hogar
Usuario
Yo pensaba que al tener cubiertos los daños en mi vivienda por mi seguro individual este debería pagarme los daños ocasionados en mi piso y entonces una vez me hubiera pagado dichos daños, reclamar el reembolso de dicha cantidad al seguro de la comunidad y/o a la comunidad. Es esto así? Que significa la cobertura de defensa jurídica? Que me pagarían un abogado y un procurador para que reclame por mi cuenta? 
08/10/2008
weirdo99, experto respondiendo en Seguros de hogar
Experto
Normalmente, si la compañía tiene constancia de que un tercero es el culpable del siniestro, no liquida hasta que tenga el ok del seguro o el dinero de la parte contraria. De cara a la galería dicen que adelantan, pero realmente lo que tienen es el compromiso del contrario.
 
La cobertura de defensa jurídica significa que tiene un capital contratado para defender sus intereses como prpietario de la vivienda asegurada. Ese capital cubre reclamaciones extrajudiciales y abogado, procurador y costas hasta el limite contratado en caso de acudir a juicio. Yo tomaría esta vía ya que la aseguradora tiene abogados especializados en este tipo de conflictos.
 
Espero haberle sido de ayuda. Saludos y gracias por puntuar, tanto para bien como para mal. Si alguna cuestión no le ha quedado clara, responda de nuevo.
jchebib@segurosbilbao.com
movil: 690 88 88 88
Agente exclusivo. Seguros Bilbao (Grupo Catalana Occidente)
09/10/2008
weirdo99, usuario preguntando en Seguros de hogar
Usuario
Muchas gracias. Me ha sido de mucha utilidad su respuesta.
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