Puertas cortafuegos en edificios de viviendas

En cada planta de mi edificio hay puertas cortafuegos que dan a un pequeño rellano en el que están las puertas de acceso directo a las viviendas (una o varias). En los casos en que hay una sola vivienda por rellano, el propietario ha quitado la cortafuegos y ha puesto su puerta, de forma que se ha "quedado" con esos metros de rrellano para su vivienda. ¿Esto es legal? ¿Qué problemas puede suponer a la comunidad de vecinos?

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No es legal, por dos sencillas razones:
1- El espacio del que se ha apropiado es comunitario y por tanto de todos los vecinos.
2- Al eliminar la puerta cortafuegos, ha eliminado un sistema de seguridad que afecta a todos los vecinos, es posible que incluso el seguro, desestimara cualquier reclamación de ocurrir un siniestro.
Te aconsejo lo comentes con el administrador del edificio antes de que todos tengáis que lamentar males mayores.

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