Parcela escriturada pero vivienda no

A todo aquel que lea esta pregunta y gracias de antemano, bueno estamos interesados en comprar un terreno declarado como rústico con una campera de de unos 80 metros cuadrados, el dueño tiene escriturada la parcela de 1500 metros/c pero la campera no la tiene escriturada pues le impusieron sanción que según el ha pagado y de la cual tiene papeles que lo justifican, nos dice que sale mejor que la escrituremos nosotros pero mi duda es ¿cómo la escrituramos a la ser terreno rústico como casa de labranza o vivienda? ¿Una vez escriturada el ayuntamiento vuelve a revisar la parcela con lo que tiene dentro y si no le cuadra sanciona otra vez? El señor nos dice que una vez abonada la sanción se puede ampliar la vivienda pasados unos años 3 o 4 nos dijo ¿eso es así?. También tiene un pozo de agua potable ¿este también tiene que estar declarado, escriturado...? Imagino que para que me lo digan con mayor seguridad será en el ayuntamiento donde me lopuedan confirmar ¿verdad? ¡Madre mía! Ya se que son muchas las dudas pero es el sueño de nuestra vida y nos lo hemos encontrado así de golpe y estamos muy ilusionados pero muy perdidos y no queremos que nos la jueguen. También nos ha dicho que hay notarios que si quieren pueden escriturar la parcela incluyendo la vivienda pero no se esto si traería problemas en el futuro ¿sabéis algo al respecto? Bueno ya paro.

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Como bien dices, en el mejor sitio donde pueden aconsejarte es en el propio ayuntamiento. Normalmente no aconsejo ir a preguntar directamente a los propietarios por si tienen algo ilegal y no lo quieren declarar. Pero en vuestro caso creo que es al revés. Os interesa preguntar e informaros bien ya que cualquier cosa que tenga la parcela mejor que salga antes de una posible compra que después de haber pagado.
Por otra parte, no es cierto que después de pagada una sanción ya se tenga una construcción legalizada. Hay otros mecanismos. Por eso no sé si realmente la tiene o no (os lo dirán en el ayuntamiento). Que sea legal no tiene relación con que esté escriturada. Si finalmente figura como correcta en el ayuntamiento, tenéis que preguntar qué documentación sería necesaria para escriturarla y cuál os facilitan ellos.
Tampoco es cierto lo de la ampliación. Si la edificación está legal se puede ampliar inmediatamente siempre que la normativa de parcelas rurales así lo permita. Ten en cuenta que los solares rústicos son muy restrictivos y es muy difícil que haya muchas posibilidades de construcción de viviendas (no se pueden hacer, al menos fácilmente, ampliaciones, cochera, piscinas...).
Lo del pozo, también tiene que figurar en escrituras y tener permitida la apertura de pozos en el ayuntamiento. Y la figura para edificar os la tienen que debir también en él. Así que lo mejor que podéis hacer es solicitar cita con un técnico municipal.
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