Inicio > Derecho > cmrivero > Servidumbre de vistas

Servidumbre de vistas

Experto:
Usuario:
Fecha: 19/12/2006
Valoración: (4,00 sobre 5) Categoría: Derecho
04/12/2006
cleyus, usuario preguntando en Derecho
Usuario
Hola:

Necesito con cierta urgencia ayuda respecto a servidumbre de vistas: Hemos construído una casa rural en un terreno con una gran inclinación. En la linde con el vecino de "abajo" hay un desnivel de unos 4 metros de muro de contención de hormigón, y sobre el que hemos puesto una reja metálica de 1,20 aproximadamente. Su terreno era rústico hasta hace unos meses (según el ayuntamiento seguirá siendo un barbecho en tanto en cuanto no se dote de agua, luz, alcantarillado, etc.). El propietario de ese terreno (que es abogado) nos dice que la valla metálica que hemos instalado debe ser opaca y medir 1,80 para preservar su intimidad (?). Ante la proposición de usar, por ejemplo, brezo se ha negado en rotundo.
Por favor, necesitamos saber hasta que punto tiene razón y si existe algún "resquicio legal" respecto a esto.

Gracias anticipadas y un saludo,
11/12/2006
cleyus, experto respondiendo en Derecho
Experto
Si el muro de contencion de hormigon es medianero, ustedes no tendrian derecho a exigirle ventana o hueco en el mismo.

Las ventanas abiertas hacia la propiedad del vecino han de estar a dos metros de distancia de la propiedad del vecino (582 del codigo civil) salvo que en su localidad exista derecho foral aplicable.
Siempre es mejor encontrar una solucion consensuada con el vecino porque al fin y al cabo pueden ser vecinos durante mucho tiempo.
12/12/2006
cleyus, usuario preguntando en Derecho
Usuario
Muchas gracias por la respuesta, pero mi duda sigue siendo si él tiene derecho a taparnos la valla metálica alegando servidumbre de vistas, cuando entiendo que somos nosotros los que tenemos el derecho sobre su terreno (no está edificado) y no al contrario.
18/12/2006
cleyus, experto respondiendo en Derecho
Experto
Cierto, El tapar la valla metalica no es en virtud de un supuesto derecho de servidumbre de vistas sino que podria ser derecho en virtud de servidumbre de medianeria como le expuse anteriormente.
Efectivamente usted tendria el derecho de servidumbre de vistas pero como ya le he dicho solo a colocar ventana hacia la propiedad del vecino a dos metros de distancia de la de éste, no pegado a su finca, salvo derecho foral aplicable en su zona que establezca distancias distintas.
19/12/2006
cleyus, usuario preguntando en Derecho
Usuario
Muchas gracias por todo. Un saludo,
Más opciones
Enlaces patrocinados