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comunidad de vecinos

Experto:
Usuario:
Fecha: 07/03/2006
Valoración: (5,00 sobre 5) Categoría: Derecho
06/03/2006
antamo, usuario preguntando en Derecho
Usuario
Muy buenos dias. Me gustaría saber los pasos a seguir para constituir una comunidad de vecinos. Así como la forma de redactar el libro de actas : que hay que poner, en que orden, etc...
Gracias anticipadas.
Un saludo
07/03/2006
antamo, experto respondiendo en Derecho
Experto
Buenos días, para constituir una comunidad de vecinos es necesario dotarla de un título constitutivo en el que se establezcan las cuotas de participación de cada propietario en la misma, en función de la situación de su vivienda, metros cuadrados, calidad de la misma, etc... Como esto suele ser muy lioso se suelen repartir las cuotas de comunidad en función de los metros cuadrados que tenga cada propietario, añadiendo garajes de la comunidad, buhardillas, trasteros y sótanos.

Esta cuota de comunidad se establecerá en porcentajes, los cuales deberán sumar el 100%, así en una comunidad de 10 vecinos, que sus pisos midan lo mismo, a cada vecino le corresponderá una cuota de participación del 10%, y en función de esa cuota deberá pagar los gastos comunes.

Por otro lado se le puede otorgar además a la comunidad de unos estatutos privativos que no vayan en contra de la Ley de Propiedad Horizontal, en el que se pueden establecer normas internas de la comunidad, como prohibiciones de hacer o colocar algo, obligación de poner ascensor, etc...

Para hacer tanto los estatutos como el título constitutivo es necesaria la unanimidad de todos los propietarios. Una vez fijadas las reglas hay que acudir a un Notario para que los plasme en escritura pública, y posteriormente habrá que acudir al Registro de la Propiedad con ellos para inscribirlos donde esté inscrita la finca. Además habrá que llevar un Libro de Actas (que se compra en cualquier papelería), para inscribirlo también en el Registro de la Propiedad, con el objeto de que queden recogidas en el todas las actas de la Junta de Propietarios.

En el Libro de actas se debe de poner obligatoriamente:

-Lugar y fecha de celebración.
-Autor de la convocatoria u en su caso los propietarios que la hayan promovido.
-Su carácter ordinario o extraordinario y la indicación sobre su celebración en primera o segunda convocatoria.
-Relación de todos los asistentes y sus respectivos cargos, así como de los propietarios representados, con indicación, en todo caso, de sus cuotas de participación.
-Orden del día de la reunión.
-Los acuerdos adoptados, con indicación, en caso de que ello fuera relevante para la validez del acuerdo de los nombres de los propietarios que hubieran votado a favor y en contra de los mismos, así como de las cuotas de participación que respectivamnete representen.
-El acta se debe cerrar con las firmas del presidente y del secretario al terminar la reunion o dentro de los diez días naturales siguientes. Desde su cierre los acuerdos serán ejecutivos.
-Las actas de las reuniones se remitirán a los propietarios, además de inscribirlas en el registro de la propiedad en el Libro de Actas que habrá legalizado el registrador.

Si se siguen estas reglas no habrá ningún problema en la gestión de la comunidad.

Saludos, no olvide valorar mi respuesta para mejorar mis servicios. Se admite todo tipo de crítica.
07/03/2006
antamo, usuario preguntando en Derecho
Usuario
Excelente. Una fantástica solución.
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