Procedimiento y gastos rehabilitación vivienda

Estimado Benlo,
Estamos planteando la posibilidad de comprar una casa para reformar. Quisiera asesoramiento sobre los pasos y gestiones a realizar, consejos como profesional y gastos totales que conlleva (ayuntamiento, arquitecto, aparejador, obra,...)
En espera de sus noticias, le mando un cordial saludo.

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Antes de nada, comentarte que deberías consultar en tu ayuntamiento qué licencia necesitas, hay veces que hay diferencias entre uno y otro, pero de todas formas te voy a comentar los trámites más comunes:
1.- Al tratarse de una reforma, entiendo que no vais a intervenir en elementos estructurales, lo que necesitarías es una licencia de obra menor, para esto no tienes que contratar arquitecto ni arquitecto técnico, con un presupuesto detallado de la empresa constructora te la concederían. De todas formas es conveniente contar con algún técnico: arquitecto o aparejador que sea independiente de la constructora y te pueda garantizar lo que se está ejecutando. Los honorarios varían muchísimo, es una profesión que no se rige por honorarios oficiales, suele costar la redacción del proyecto y la dirección de la obra alrededor de un 7% del coste de ejecución material de la obra .
2.- Una vez terminada la obra, si no has contado con un técnico, con una declaración de que la obra ha finalizado se cerraría el expediente en el ayuntamiento correspondiente. Si has contado con un técnico, éste emitirá un Certificado Final de Obra y firmaréis un Acta de Recepción, de forma anterior al acta hay que revisar completamente toda la obra para asegurarnos de que está todo bien rematado, si no fuera así o no se recibe la obra o en el propio Acta de Recepción se identifican los elementos a reformar y el plazo para hacerlo.
3.- La empresa te garantiza toda la obra durante el año siguiente a su terminación cualquier daño en la obra o instalación, siempre que no haya sido motivado por un mal uso. Durante los tres años siguientes, el técnico que hayas contratado y la constructora son responsables de cualquier defecto en las instalaciones.
Para el seguro anual normalmente se retiene un 5% del coste de ejecución material de la obra al constructor, de esta forma te aseguras que responderá, hay veces que en lugar de retener el dinero te da un aval por ese tiempo.
¿Qué tasas son las que hay que pagar?
- Al solicitar la licencia tendrás que abonar unas tasas que suponen alrededor del 2% del Presupuesto de Ejecución Material (PEM) de la obra.
- Una vez te concedan la licencia y comiences las obras en los 30 días siguientes tendrás que pagar otra tasa, el ICIO, un impuesto por las obras de construcción, supone alrededor del 4% del PEM de la obra.
- La constructora necesitará una licencia para colocar una cuba en la calle donde llevarán los escombros y después necesitará también depositarlos en un gestor de residuos, pregúntalo en tu ayuntamiento y te dirán qué empresa se encarga de la gestión de Residuos de la Construcción y Demolición, los costes varían en función del proyecto, pero no suele superar el 1,5 % del PEM.
Éstos son los trámites de un modo general, de todas formas, si en el camino te van surgiendo dudas, escríbeme.

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