Sobre caja de fusibles

Hola, agradecería me contestase lo siguiente: hemos puesto la instalación eléctrica nueva y el instalador me ha comentado que ha puesto la caja de fusibles fuera del piso, en el rellano.
Según he leído en la normativa es obligatorio hacerlo así, por razones de seguridad tiene que estar en un lugar de paso libre y sin barreras(puertas privadas etc.)Ahora me encuentro que los vecinos se me echan encima porque soy el único que la tiene fuera del piso.
Resumiendo, ¿qué debo hacer? Caso a la normativa, o pelearme e intentar convencer a los vecinos de que la instalación es correcta.
El piso esta en Barcelona ciudad.
Anticipadamente muchas gracias.

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¿Cuándo dices que te ha colocado la caja de fusibles, te refieres a la caja de los automáticos o a otra aparte con fusibles?
Te voy a escribir lo que pone el reglamento sobre esto.
http://www.electridirect.com/R.E.B.T/reglamento_bt0016.htm
MIE BT - 016
1. DISPOSITIVOS PRIVADOS DE MANDO Y PROTECCIÓN
1.1 Situación y composición:
Lo más cerca posible del punto de entrada de la derivación individual en el local o vivienda del abonado, se establecerá un cuadro de distribución de donde partirán los circuitos interiores y en el que se instalará un interruptor general automático de corte omnipolar que permita su accionamiento manual y que esté dotado de dispositivos de protección contra sobrecargas y cortocircuitos. En este mismo cuadro se instalarán los dispositivos de protección contra sobrecargas y cortocircuitos de cada uno de los circuitos interiores de la vivienda o local, y un interruptor diferencial destinado a la protección contra contactos indirectos.
Cuando en la instalación interior de la vivienda o local del abonado no existan circuitos diferentes bajo tubos o cubiertas de protección comunes a ellos, podrá instalarse el interruptor general automático, en cuyo caso servirá como dispositivo general de mando el interruptor diferencial, quedando asegurada la protección contra sobreintensidades por los dispositivos que, independientemente entre sí, protegen a cada uno de los circuitos interiores. Todos estos dispositivos de mando y protección se consideran independientes de cualquier otro que para control de potencia pueda instalar la Empresa suministradora de la energía, de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente.
Como ves indica "en el local o vivienda del abonado" es decir dentro de tu propiedad es donde se deben establecer estos dispositivos.
Según lo tienes instalado, ¿cabe la posibilidad de que algún vecino te desconecte los automáticos sin tu saberlo, o están dentro de alguna caja cerrada?.
Lo dicho me temo que el instalador te ha hecho una chapuza y una faena dejándote la caja de protecciones fuera de tu domicilio y que debes de dar el brazo a torzer y meterlos en tu casa.
Lo único que se debe establecer fuera de la vivienda, es el contador y su correspondiente fusible, que puede estar centralizado por plantas, individual o comunitariamente.
Espero haberte servido de ayuda. Si te queda algo por aclarar reenvía la pregunta.
Perdona es que no me he explicado muy bien, solo me refiero a la caja con fusibles, el resto de la instalación esta dentro de la vivienda, con el contador, los magnetotérmicos, automáticos y todo lo demás, resumiendo: fuera solo esta una caja hermética con los fusibles de 63 amperios de la instalación del piso.
Gracias de nuevo.
Osea que tienes la Caja General de Protección fuera ¿y todo lo demás dentro de tu casa? Sinceramente, es la primera vez que oigo una instalación así.
¿Y los demás vecinos donde tienen la CGP? ¿En su casa?
Si tienen un local destinado para ello o tienen la CGP comunitaria, tal vez tu deberías haberlo puesto igual.
He de suponer por todo esto que es un edificio antiguo porque lo normal de hace años aquí es poner la CGP comunitaria en la entrada del portal de vecinos accesible desde la calle.
¿Para toda esta modificación te ha hecho falta el boletín? Si fuese así presentándole la copia tuya de él a todo aquel vecino que no esté de acuerdo con tu instalación, debería ser suficiente o incluso enseñándole la instrucción del RBT donde exponga eso que te han hecho. (Si te la sabes dímelo)
Te pongo algo de lo que trae el RBT:
"1. Cajas generales de protección
Son las cajas que alojan los elementos de protección de las líneas repartidoras.
1.1 Colocación
Se fijarán, en cada caso, de acuerdo entre el constructor del edificio, propietario o abonado y la Empresa distribuidora, los puntos de colocación de las cajas generales de protección. Estos puntos serán siempre elegidos en el lugar de tránsito general y de fácil y libre acceso.
Se procurará que la situación elegida sea lo más próxima posible a la red general de distribución y que quede alejada de otras instalaciones, tales como de agua, gas, teléfono, etc., pudiendo colocarse sobre la fachada del inmueble."
Mira la MIEBT 011 Y la MIEBT 016 a ver si es ahí donde trae eso. E imprímelo si quieres enseñárselo a esos vecinos.
http://www.electridirect.com/R.E.B.T/reglamento_index.htm
Si te puedo ayudar en algo más consúltamelo.

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