Reparación en zona común de uso privativo

Hace ya bastantes años, el vecino del ático que tiene una terraza calificada de propiedad común pero de uso privativo, levantó y cambió todo el suelo de la misma sin solicitar permiso a la Comunidad, poniendo un pavimento de bastante más calidad que el que había originalmente. Ahora, y debido a unas filtraciones de agua por lluvia que causan humedades y desperfectos en el techo del piso de abajo, se ha detectado que el suelo de la terraza y la tela asfáltica que puso ese vecino están en muy mal estado y que hay que levantarlo todo y volverlo a rehacer. La cuestión que planteo es quien debe correr con los gastos de esta reparación, si el vecino o la Comunidad, dado que en primer lugar no se solicitó en su día permiso a la Comunidad, y en segundo lugar la obra corrió por su cuenta y por lo tanto los fallos y desperfectos de ahora deberían ser de su responsabilidad. Si la cosa no estuviera clara del todo, una posible opción que se me ocurre es plantear en la Junta de propietarios una negociación y acuerdo con el vecino para costear una parte cada uno. En cualquier caso lo que creo que sí está claro es que como mínimo, si es la Comunidad quien finalmente deba costearlo, será poniendo un pavimento de similar calidad que la que había originalmente, y no el de más coste que puso el propietario, y que si desea uno de mejor calidad pague él la diferencia.

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Como dice un dicho popular, aquellos polvos... trajeron estos lodos, y permítame la expresión. No deberían haber dejado consolidar su derecho en el tiempo a ese comunero, porque ahora que surge el problema nadie quiere hacerse cargo del mismo.
En puridad de derecho, si él por su cuenta, riesgo y ventura procedió sin permiso alguno de los comuneros a realizar una obra y al transcurrir del tiempo la misma por una falta de proyección, mala ejecución o cualquier otra razón que quiera aducirse, será él quien ha de hacer frente a los gastos ocasionados con el remozado inconsentido porque es a él a quien le incumbía haber solicitado o cuando menos informado fehacientemente a la Comunidad de Propietarios de sus intenciones y ahora no puede repercutir en todos los propietarios un defecto que él debería haber previsto.
Ese señor, tendrá una factura donde conste quien le ejecutó la obra y tendrá que ser él quien particularmente ataque a dicha empresa para que le resarzan de los daños que se han ocasionado.
Lo que no pueden hacer en ningún caso, es perjudicar los intereses personales del propietario que está sufriendo las humedades y filtraciones, por lo que el Presidente de la Comunidad ha de tomar cartas en el asunto de forma urgente, a riesgo que este propietario demande judicialmente a la Comunidad por dejación de sus funciones al quedar mientras se decide quien tiene o no la responsabilidad su vivienda en un estado que no es apta para su habitabilidad.
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