Renuncia del presidente de comunidad

Agradecería saber si en una reunión de la Comunidad de Propietarios en Cataluña y con orden del día establecido, en un momento de ella el presidente le dice a los asistentes que dimite de su cargo.
a) En la convocatoria no hay constancia de esta dimisión
b) Los asistentes le piden que continué
c) El Manifiesta que hablara con su asesor para que le indique que hacer y presentar la dimisión en convocatoria próxima.

e) No se realiza ninguna votación ni se convoca una nueva reunión, ni se elige un nuevo presidente accidental.
Se puede admitir esta petición de renuncia al cargo de presidente, sin haberlo solicitado por escrito y aportando los motivos, o se puede incluir en el acta por el Sr. Administrador
Sin lo anteriormente expuesto.
¿Debe presentar y convocar a los propietarios y exponer su renuncia..?
¿Es obligatorio el mandato de presidente durante el periodo establecido?
¿En caso de renuncia esta obligado por ley a pagar los gastos que ocasione su cese...?

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Respuesta
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No hay posibilidad alguna de que el presidente de la comunidad pueda dimitir de su cargo, salvo que lo dictamine un juez.

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