¿Hay algún plazo para reclamar el cerramiento de un patio común?

Buenos días, el caso es el siguiente, yo vivo en el piso 2º y el del 1º, en Mayo de 1994 solicitó en el apartado "Ruego y Preguntas" de la Junta de Comunidad celebrada en tal fecha permiso para techar el patio tal y como en su día se le permitió al vecino de enfrente suya, el de enfrente tiene un techo de chapa que no cubre el patio en su totalidad.

Pues bien, el señor del 1º cerró el patio totalmente con techo de forjado, y en raso una ventana para la limpieza del mismo, pero ahora hace un mes ha colocado donde tenia la ventana, aumentando además de su altura su tamaño, una claraboya que se eleva, en torno a 60 cms., sobre el techo impidiendo el poder tender prendas de suficiente tamaño sin rozar con la misma. Pues bien, mis dudas son: Obviamente, quiero que quiten la claraboya. Pero la otra cuestión es; ¿sería posible que repusiera el patio a su estad original?, es decir, quitar el cerramiento realizado.

Entiendo que en un "ruego y preguntas" no es el mecanismo adecuado para cambiar el estado del patio común, y lo único es el tema del tiempo que ha transcurrido para, en su caso, ejercer acciones legales. Gracias.

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Es correcto en ruegos y preguntas no es donde se debería haber concedido el permiso el problema es que deberían haber impugnado el acta y el plazo era de un año para hacerlo. Art 18 LPH

El problema es que han pasado 19 años desde que lo construyó con lo que al no denunciarlo se considera que ha adquirido el derecho sobre el cerramiento, lo único que podría intentar es denunciar en el ayuntamiento en la sección de disciplina urbanística.

En cuanto a la claraboya al ser reciente y perjudicarle si puede denunciarlo en virtud del art. 9 en sus apartados a y b y le obligaran a quitarla.


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