Situación de vacante de presidencia en la comunidad

Recientemente el pasado 5 de febrero hemos tenido la junta ordinaria anual, en la cual he salido de presidente, y se ha nombrado a un nuevo presidente.

20 días más tarde todavía no han sido entregada el acta para ser firmada por mi y por el propio administrador que hace de secretario, lo cual ya es una situación ilegal según dispone la LPH, pero es que además se están haciendo pagos desde la cuenta de la comunidad, que yo no he firmado ni permitido, supongo que los está haciendo el administrador. Yo no quiero seguir responsabilizándome de los movimientos bancarios que se hagan, para lo cual voy a ordenar en el banco que yo quede al margen de la cuenta, pero se da la paradoja que como no están firmadas las actas, no va a poder reconocer su firma el presidente entrante. Por lo que estoy muy interesado en saber si tengo la obligación legal de seguir como responsable de la cuenta hasta que el presidente nuevo haya legalizado su firma en el banco con el nuevo acta firmada. ¿Qué puedo hacer para eludir posibles responsabilidades en caso de mal uso de la cuenta? ¿Y qué hago si las actas no se firman hasta dentro de varios meses?

3 Respuestas

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1.- Oficialmente, el cargo, cesa el día de la Junta.

2.- Sobre el tema de los pagos, aprovechando que figura como Presidente, en la Entidad financiera, vaya a ella, compruebe si la disposición de la cuenta es INDISTINTA o CONJUNTA, y en este último caso, informe les que no esta autorizando ningún pago y que no se puede atender ningún cargo, salvo los domiciliados, con las firmas actuales, dado que ha habido un cambio de Presidente, en la fecha indicada.

3.- Lo normal, será que el Banco bloquee la CUENTA y se ponga en contacto con el Secretario-Administrador, pidiéndole el Acta de la Junta, para saber quienes son los nuevos autorizados.

4.- Todo lo que hable con el Banco, redactelo, por escrito, entréguelo y que le firmen una copia

muchas gracias por su contestación, efectivamente entiendo como usted que el cargo cesa el día de la junta y queda en funciones hasta la firma del acta de esa junta para que el presidente entrante pueda llevarla al banco para legalizar su firma...pero me veo en la paradoja que 20 días después de la junta no hay acta que firmar...así que sigo con el cargo de forma oficiosa, pero con toda la responsabilidad sobre cualquier cosa que ocurra y no sé como solucionar esto, ya que si fuese una comunidad normal, se celebraría una junta extraordinaria y se pediría explicaciones al administrador, incluso su baja, pero en esta comunidad es imposible, hay un lobby formado por unos cuantos estómagos agradecidos que actúan en consonancia con el administrador, y se pagan los favores recíprocamente a cuenta y con el dinero de la comunidad. Me interesaría saber en que tipo de juzgado admiten estas materias a trámite, porque tengo claro que por uno penal no procede, ...si puede añadir algo más se lo agradezco muchísimo..

1.- Mándele un Burofax al Administrador, para que le mande el Acta, para firmar y mire a ver que hace.

2.- Niéguese a ejercer como Presidente, si no se produce el cambio demande al Administrador y lleve al pleito a algunos de los vecinos que estuvieron en la Junta, como testigos

3.- El Juzgado, competente es el de primera instancia, que corresponda a su ciudad (no creo que el Administrador de lugar a ello)

muchas gracias en este punto estoy, puesto que ya he enviado el burofax hace unos días y el acta sigue sin aparecer para firmar..así que voy con esto al juzgado.

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Tu ya no eres el Presidente de la comunidad. Seguro que tu no tenias firma en la cuenta del banco. ¿De qué te preocupas? Es el administrador el que tendrá que rendir cuentas en su día.

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