Terraza comunitaria de uso privativo

Soy dueño de un último piso que posee una terraza por encima o sobreático a la que tengo acceso por una escalera exterior que sale desde la terraza de mi salón y que está construida de hierro sobre el lateral del edificio ( construcción de obra). En mis escrituras y en la escritura de división horizontal dice que poseo un piso de 60 m que tiene como anejo la terraza comunitaria que posee por encima de la cual poseo el uso y disfrute exclusivo y a la que tengo acceso desde la terraza del salón. A dicha terraza sólo puedo acceder yo desde mi casa.
A dicha terraza superior tengo acceso a través de una escalera metálica que está anclada (de obra y entregada así por la promotora) en la parte lateral del edificio.
Tengo claro que la terraza es propiedad de la comunidad y que yo tengo el uso y disfrute de la misma. Pero de la escalera no dice nada en la escritura ni en la división horizontal pero entiendo que no puedo volar para subir a la terraza de arriba. La escalera existe, hecha por la constructora y entregada con los pisos.
Mi duda es quien debe mantener la terraza ( es cubierta del edificio y es comunitaria) y la escalera, que tiene una estructuura metálica con peldaños metálicos sobre diucha estructura. Hay dudas de que sea yo el que tiene que mantenerla o si yo sólo debo mantener los peldaños y la estructura de la escalera debe mantenerla la comunidad de propietarios.
Agradecería respuesta por algún experto.

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Si la terraza es comunitaria de uso exclusivo el mantenimiento es a cargo del propietario que la disfruta, las reparaciones debidas al desgaste del uso normal o al paso del tiempo son a cargo de la comunidad y las debidas al uso indebido, impropio, agresivo o la falta de mantenimiento son a cargo del propietario.

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