Cambiar pagos de comunidad a coeficientes

Hace 3 años compré una vivienda en un edificio de 40 años de antigüedad. Donde hasta hace unos 10-15 años, todos los vecinos que eran los mismos desde que se hicieron las viviendas. En su día, "pactaron" entre éstos, hacer los pagos de la comunidad a partes iguales, sin tener en cuenta coficientes (supongo que por ser prácticos y que todos se llevaban bien). Éste "acuerdo", por lo que tengo entendido, no consta en ningún acta y en los estatutos tampoco se indica nada sobre este tema.
4 de los propietarios hemos comentado en varias juntas, cambiar la forma de pago y que se haga por coeficientes, puesto que por ejemplo yo tengo un coeficiente de 2,8% cuando el resto de vecinos incluso tienen hasta un 6%, pero siempre nos dicen que no, porque siempre se ha hecho así. Y no veo justo tener que pagar lo mismo que el resto de vecinos, si no es así por ley.
Para hacer este cambio de la forma de pago, ¿es necesario que se apruebe en votación por la mayoría de vecinos o solo con que haya 1 vecino que así lo quiera, se puede cambiar? Ah! Y ¿Qué tendríamos que hacer para cambiarlo?
¿Hay alguna ley que "aclare o especifique" un poco mejor este tema?, ya que en la ley de propiedad horizontal, creo que se llama así, no lo deja muy claro...
Perdón por hacer tantan preguntas seguidas, pero es un tema que me tiene un poco mosqueada, porque no veo justo con lo que cuesta ganar el dinero, tener que pagar parte de obras, reformas y demás, del resto de vecinos, si por ley no tiene que ser así...

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Lo normal es el pago reflejado en el titulo constitutivo (escrituras y estatutos) y es a lo que obliga la ley en virtud del art. 9.1 e).
Para que el cambio que hicieron sea válido tendría que haberse tomado por unanimidad y estar reflejado en acta en virtud del art. 17.1 LPH
Si esto no es así puede exigir el pago por coeficientes sin más en cumplimiento de la ley.
Es más, aunque hubieran tomado válidamente este acuerdo si no esta en el registro (cosa que dudo por lo que cuenta y por su coste) tampoco obligaría a terceros, es decir, a aquellos que adquirieron algún inmueble después de la toma del acuerdo.
Sólo debe hacer cumplir la ley que le da la razón.
Muchísimas gracias por la información.
Teniendo en cuenta su explicación, hemos decidido entre varios vecinos, ponernos de acuerdo para gestionar este tema con un abogado para intentar solventar dicho conflicto.
Un saludo.

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