Mantenimiento eléctrico comunidad de vecinos

Vivo en un edificio de 4 plantas más el portal más un parking privado para los 8 vecinos. Las cuentas y otras gestiones de la comunidad, nos la lleva una gestoría y en ésta nos han comunicado que tras una inspección eléctrica, han encontrado fallos y que debemos contratar el mantenimiento con una empresa instaladora para que corrijan estos fallos y porque, según ellos, por la potencia eléctrica del edificio, es obligatorio. ¿Sabe si es esto cierto o nos intentan vender la moto para hacer ellos contrato con una empresa de la que se llevarían parte del pastel?

3 respuestas

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Les quieren vender una moto y de las chinas.
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Las comunidades están obligadas ha tener un contrato de mantenimiento preventivo anual con una empresa instaladora, pero antes de eso la instalación debe estar inscrita en industria para lo cual hace falta hacer un proyecto eléctrico y corregir los defectos que se encuentren, pero a todo esto sólo están obligadas las comunidades de 100kW o más.

La potencia de vuestro edificio las podéis consultar con compañía.

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¿Cómo y quién ha detectado el fallo?
- Inspección técnica del edificio (regulada por la LOE)
- Inspección de la delegación de industria
- Inspección de la Compañía suministradora
- Inspección encargada por la gestoría a un técnico
De las tres primeras tendría que haber constancia escrita, con requerimiento razonado de qué está mal y que hay que hacer para dejarlo bien.
La última es la opinión de un Sr. que no está cotejada, hay que ver si está por escrito o no y qué es lo que dice, en estos casos también hay que valorar cuestiones de seguridad.
Hola
Según nos han dicho, hubo una inspección inicial a la finalización de la obra y se encontraron diversos fallos. El edificio se acabó en octubre del año 2004. Se supone que fue un inspector de industria. Los de la gestoría dicen que han pedido el informe para saber qué fallos se encontraron para subsanarlos. No se como va el tema pero dudo que la compañía eléctrica suministrase corriente a un edificio nuevo con fallos y de hacerlo, dudo que casi 7 años después, (y según la gestoría) llamen los de industria para reclamar que se reparen estos fallos. De todas formas, lo que nos preocupa es lo del contrato de mantenimiento con una empresa instaladora. Dicen que si el edificio tiene más de 100KW de potencia, es obligatorio pero lo que yo creo es que nos están contando un cuento chino para pillar tajada. Desconozco si se ha dado el caso en otras comunidades.
Estamos dispuestos a reparar todo lo que haga falta; la seguridad es lo primero, pero antes queremos saber si nos intentan tomar el pelo aprovechándose de nuestra ignorancia en estos temas.
Gracias
Dependerá de la reglamentación específica de cada COA. Por ejemplo, en Valencia es obligatorio realizar una revisión cada 10 años por empresa especializada en instalaciones comunes de vivienda con potencia >100Kw, tienen que pasar la inspección y rellenar un boletín. En ese caso no es contrato de mantenimiento, en otras COAs puede ser distinto.
En cualquier caso, si es requerimiento de Industria tiene que haber una comunicación oficial, con un informe técnico, pídeselo a tus gestores. Puede ser también que hayan quedado cosas sin corregir de cuando se hizo la obra (las cosas de palacio van despacio).

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