¿Se esta obligado a ser presidente de comunidad?

En mi conunidad de vecinos se va a proceder a nombrar nuevo presidente y en esta ocasión me tocaría a mí ejercer esta función, pero yo estoy enfermo y tengo reconocido un 65% de minusvalia; mi mujer también tiene una minusvalía de un 69% y nos gustaría saber si estamos obligados a ser presidentes, o bien, por nuestra condición podríamos negarnos a serlo.
Un saludo y muchas gracias.
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Lo más lógico en su situación es eludir la presidencia de la comunidad pero si no es capaz de convencer a sus vecinos tendrá que llegar al juzgado, hable con sus vecinos y explíqueles la situación avisándoles que de obligarle va a tener que acudir al juzgado causando un gasto para la comunidad porque va a pedir las costas del juicio y en su situación hay muchos precedentes que el juez le exonere.
En virtud del artículo 13.2 de la LPH debe acudir al juez para que la exonere de aceptar el cargo y debe tener motivos justificados para que le de la razón.
Lo que deben hacer su comunidad es contratar un administrador profesional que se encargue del día a día de su comunidad, en las cuentas de la comunidad no va a ser un gasto relevante e incluso en nuestro caso suele ser rentable puesto que al negociar los servicios de todas las comunidades se consigue mejores precios que la propia comunidad por sí misma.
914254481/626764724

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