Zona comunitaria de uso exclusivo, es legal

En la finca donde vivo hay dos vecinos que han realizado sendos cerramientos en el terrado. El titulo constitutivo del edificio, es decir la escritura, reza de la siguiente manera, leo literalmente. Los pisos 5º 1ª y 5º 3ª tendrán el uso exclusivo de una terraza de unos 100,00 metros cuadrados aproximadamente cada uno de ellos.
La escritura de constitución no detalla donde están situadas las terrazas ni los lindes de las mismas y al terrado se accede desde la escalera comunitaria y ninguno de los vecinos de los pisos mencionados tiene acceso directo desde su propiedad.
Mi pregunta es la siguiente: Es legal que estos señores se apropien de parte del terrado y realicen cerramientos y modificaciones en el mismo, haciendo llegar conducciones de agua y eléctricas.
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Para realizar cualquier tipo de alteración en la zona común aunque tengan derecho exclusivo hace falta aprobación en junta.
Si el cerramiento de la terraza es una aleración de un elemento común la fachada y afecta a su aspecto para ello requiere unanimidad en junta.
Si no ha sido por este medio no es legal.
Si tiene cualquier duda o consulta adicional estamos a su entera disposición.
Mucha suerte y un saludo
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