¿Recibos extraordinarios para saldar deuda?

Voy a intentar exponer lo que me ha sucedido:
En mi comunidad existían unos contadores individuales para la calefacción los cuales los quitaron pues llegaron a un acuerdo para meter el gas natural y que todos pagásemos por igual.
Llegué a un acuerdo con el anterior presidente de la comunidad en la que solicité que me precintaran la calefacción y no pagar ningún recibo (todo esto por escrito) a lo que el presidente accedió, así que durante el año pasado estuve sin calefacción.
En Noviembre del presente año, me hacen llegar una nota avisándome que me encuentro como moroso y que debo unos 1.500 Euros por la calefacción del año pasado.
Resulta que yo perdí la carta firmada por el presidente y éste ya no vive en la comunidad a lo que viendo que no tengo posibilidad de demostrar ese acuerdo con el presidente he solicitado al administrador de la finca que me vayan pasando unos recibos mensuales de 50 Euros hasta saldar mi deuda a la que el administrador me ha comunicado que no puede pasar recibos mensuales que la deuda la tengo que saldar de forma integra.
Mi pregunta ¿eso es verdad? ¿No me pueden pasar unos recibos fraccionando el pago?. En caso afirmativo, al estar pagando esa deuda ¿continuaría sin posibilidad al voto en las reuniones hasta que dicha deuda quedase saldada?

1 respuesta

Respuesta
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Si lo tiene por escrito no entiendo porqué tiene que pagarlo.
Si no lo tiene por escrito es moroso y le pueden exigir por un procedimiento monitorio el cobro integro de la deuda y le va a salir más caro, probablemente tenga costas abogado si contrata y si decide el juez intereses.
Lo lógico es hablar con el administrador si conoce el caso hay dos posibilidades o la comunidad necesita el dinero y si no habría que subir los recibos al resto o al administrador no le apetece tener que controlar una deuda todos los meses y de golpe le es más cómodo.
Yo consultaría con las pruebas que tenga la documentación con un abogado. La consulta no suele ser muy cara o es gratuita dependiendo del abogado pero si puede demostrarlo a lo mejor no tiene que pagar nada. Depende de las pruebas que pueda aportar y las garantías que le de el abogado le merecerá la pena ir a juicio o no, pero si es así es injusto que tenga que pagarlo.
Mientras tenga deuda no hay derecho de voto.
Si tiene cualquier duda o consulta adicional estamos a su entera disposición.
Mucha suerte y un saludo
[email protected]
914254481/626764724

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