Leña: ¿Sistema energético?

Tengo una duda referente a lo que la L.P.H. Llama "sistema energético"
¿Se podría considerar la "leña" como sistema energético si se fuese a usar en una vivienda?

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Aunque la LPH no es mi especialidad, quiero pensar que la pregunta va sobre la posible instalación de una caldera o chimenea de leña de uso privativo, entendiendo que es un sistema energético, tal y como lo define el artígulo 17.3º de la Ley, necesitando únicamente el acuerdo de 1/3 de los propietarios para poder acometer las obras.
La leña no tengo claro que sea un nuevo sistema energético, entendido como de mejora de la eficiencia energética.
Lo que si es sin duda son las chimeneas o calderas de "pellets", que cava vez se están difundiendo más.
El pellet, tiene en la apariencia del "pienso para conejos" . Está realizado triturando, prensando y secando biomasa, y tiene un rendimiento calorífico mejor que la leña, no generando prácticamente cenizas.
Para uso en vivienda, se comercializa en sacos de 2,5 ó 10 Kg (al menos lo que yo conozco) y por lo demás, funciona como una chimenea de leña.
2 Kg de pellet generan las mismas quilocalorías que 1,1 litros de gasoil, y al menos en la zona donde yo trabajo, el precio está entre 16 y 18 céntimos el Kilo.
Creo que la caldera o chimenea de biomasa (pellets) si entre claramente en las determinaciones de la ley de propiedad horizontal, que claramente van enfocadas a facilitar la instalación de sistemas de ahorro o de mejora de eficiencia energética.
Es eso lo que quiero hacer,. Instalar una caldera de leña y una chimenea para evacuación de humos, de ahí que haga esta pregunta
Si se considera que el pellet es BIOMASA por ser restos de madera que son tratados parecido a la leña que aunque no está tratada sigue siendo la misma procedencia, ¿no?
El sistema que yo e pensado en instalar tiene un sistema de canalización de aire caliente para diferentes estancias, motivo por el cual el pellet no llega a ser el sistema más adecuado para mi. Y ademas de calentar, el hogar de leña sirve para dar un aspecto muy hogareño a la estancia donde este instalado
Por cierto, ¿las estufas de pellets no necesitan salida de humos? Al fin y al cabo también hay una combustión dentro de la estufa y necesitara evacuación de humos, ¿no?
Un saludo!
Las estufas de pellets necesitan la misma instalación de una caldera o estufa de leña.
La diferencia por lo que el pellet si se considera "ecológico" y la madera no, es porque la base de fabricación del pellet es el "matorral" del bosque que tiene un ciclo de generación anual y además con el bosque limpio de matorral, se reduce sensiblemente el riesgo de incendios.
La madera sin embargo, tiene un ciclo de regeneración más amplio, y al menos, a efectos de la redacción de proyectos, una estufa de leña no nos la admiten como solución de eficiencia energética.
De todas manera, si a la comunidad le "cuela", pues no le des muchas más vueltas.
Si miras por internet, las estufas de pellet son muy similares a las de leña, y también dan el aspecto "hogareño" que buscas.
Un saludo.
Emilio Piña
www.peritajedeinmuebles.es
En tal caso, que permisos harían falta para poder hace la instalación, sea de leña o de pellets. En mi caso necesitaría practicar una incisión en la cubierta (tejado de suelo plano sin vertiente) para poder pasar el tubo de salida de humos hasta la parte más alta del tejado. ¿SE considera reforma de importancia y por lo tanto necesario un proyecto de arquitecto o como se consideraría? Mi intención seria la de atravesar el forjado entre las vigas para afectar a la estructura lo menos posible
Un saludo
Esa obra es una obra de escasa entidad, que no afecta a elementos estructurales, por lo que sería suficiente una licencia de obra menor.
Como la ley de la edificación tampoco lo dice con claridad, hay ayuntamientos a los que les servirá con una pequeña memoria valorada firmada por quien hace la obra (es decir, un presupuesto) y un pequeño plano de situación, y hay ayuntamientos que te pedirán un pequeño proyecto técnico, que deberá de firmar al menos un técnico con titulación de aparejador.
Consulta en tu ayuntamiento para salir fijo de dudas.
Recuerda que por normativa, la nueva salida de gases deberá de situarse al menos 30 cm más alta que las cubiertas colindantes a tu inmueble, para evitar la entrada de gases en los vecinos.
Un saludo
Emilio Piña
www.peritajedeinmuebles.es

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