Presidenta se ha llevado el dinero de la comunidad...

Hace un par de meses, coincidiendo que tocaba cambio de presidente, hemos descubierto que la presidenta de la comunidad se ha llevado todo el dinero. Además, no tiene el libro de cuentas al día, no tiene facturas...
Este mes se convocara una reunión para cambiar de presidente y decidir que hacer en esta situación( demandarla).
Dado que este año me tocaría a mi, me surgen varias dudas:
- ¿Puedo negarme a asumir la presidencia hasta que las cuentas sean claras? Si no es así, ¿Podrían responsabilizarme de unas deudas contraídas por la anterior presidenta?
- Si se decide denunciar a esta persona, seria recomendable crear una comisión gestora en la comunidad de vecinos, ¿para llevar a cabo la denuncia y el resto de acciones que sean necesarias? ¿Cuántas personas como mínimo son necesarias para crear tal comisión?
- Puedo aceptar la presidencia para tratar temas puramente administrativos( llevar las cuentas...) ¿Pero negarme a asumir yo sola la responsabilidad de llevar a cabo la denuncia y demás acciones? Es decir, ¿puedo exigir que para esta cuestión en concreto sea llevada por la comisión gestora que he comentado antes?

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Respecto de sus preguntas:
- Renunciar a la presidencia, puede vd., hacerlo si lo desea corriendo turno y pasando al siguiente propietario o bien puede hacer constar en acta una nota en la cual se indique el estado en que asume vd., el estado de cuentas y que no acepta responsabilidad alguna por lo ocurrido exigiendo que previamente a ocupar su cargo anual se proceda a auditar profesionalmente las cuentas de la comunidad. En principio, nadie podría resposabilizarle de las deudas habidas previamente a su cargo y por ello sería conveniente, por la salud de la comunidad que se auditen las cuentas y que se vea donde están los desfases y errores, y si tienen que demandar a la anterior presidenta por apropiación indebida de los fondos de la comunidad háganlo.
- En realidad, la junta de propietarios debe ser a través de sus representantes quién se persone como denunciante frente a la persona en cuestión, para ello o bien tendrán que contratar los servicios de un abogado o comprobar si en el seguro de la comunidad está recogida la protección jurídica contra terceros. Entiendo por ello no es necesario ninguna comisión sino que para eso están los representantes electos y las juntas de propietarios. No hay nada explicitado en la Ley de la Propiedad Horizontal al respecto así que las decisiones que al respecto tome la Asamblea de Propietarios serán válidas a todos los efectos, si desean encargar una comisión que se encargue de ello están en su derecho de hacerlo y con cuantos miembros crean conveniente.
- Está es su derecho de renunciar a la presidencia pero no en el de aceptar únicamente partes del cargo, si no quiere representar en este acto a la Comunidad alegue no sentirse dispuesta y que la presidencia corra a cargo del siguiente o elijan al presidente dentro de la propia Junta por decisión soberana del consejo de los propietarios reunidos en Asamblea. Por ese motivo no está en condiciones de exigir ni en el cargo ni como propietaria afecta, está en la posición de proponer y los otros de aceptar o no esa propuesta. Entiendo que representar a la Comunidad no implica más que llevar adelante el procedimiento en nombre de todos los propietarios y en interés de todos, no se trata de nada personal para con nadie, es un servicio que voluntariamente y sin remuneración uno presta al resto de los propietarios compañeros, es decir, se hace en el don pero siempre en nombre de todos.
Si su miedo es que le identifiquen como "jefa de los acusadores" le sugiero que directamente renuncie a la presidencia y que corra al siguiente propietario alegando que no se siente dispuesta ni capaz de llevar adelante el cometido de proceder a la demanda contra el anterior presidente por motivos de salud emocional, eso es todo, lo presenta por escrito y que la Junta decida si corre turno o por el contrario se elige a un nuevo presidente entre los asistentes. Así mismo, si lo desea puede presentar su propuesta de la creación de una comisión que trate el tema de la investigación y demanda de la anterior presidenta de la Comunidad.
Previa a la demanda encarguen una investigación ya que si incurren en una denuncia falsa se puede dar la vuelta a la tortilla y ser la comunidad la demandada. Deben haber suficientes fundamentos probados para que la demanda se acepte a trámite sino puede ser directamente denegada. Así mismo, les sugiero un abogado especialista para evitar los muchos defectos de forma que se cometen en las demandas (nuestro despacho ha ganado un 88% de los casos por los defectos de forma de los abogados contrarios).
Si necesitan nuestros servicios profesionales para estudiar el caso y ver si es factible la presentación de la demanda, mándeme un correo personal a [email protected] indicándome su nombre y teléfono y nos pondremos en contacto desde el despacho de abogados que represento.
Muchas gracias por la respuesta Jaime, me ha sido muy útil; creía que no podía renunciar a la presidencia bajo ningún concepto...
Comentaré cuando se realice la junta, que antes de asumir la presidencia deberíamos hacer una auditoria. ¿Quién podría encargarse de ello? ¿Un gestor?
Fundamentos probados hay sobre la anterior presidenta, ya que en la cuenta de la comunidad habían unos 10.000 euros y actualmente esta a cero. Otra cosa que no entiendo, como puede ser que solo con la firma de la presidenta pudiera sacar todo el dinero de la cuenta de la comunidad... en fin..
De nuevo, gracias por todo.
Un saludo,
          Lucia
Si van a contratar a un jurista que lleve el caso lo mejor es que el propio equipo de este jurista se encargue del asunto.
Respecto al banco, si en los estatutos no se establece la necesidad de varias firmas sólo con la firma del presidente o de la persona que esté autorizada para ello podrá sacar el dinero de las cuentas por cuanto se sobre-entiende la buena fe del representante de la Comunidad.
Así mismo, les informo de que tengan cuidado con los juristas, no encaucen este procedimiento como un procedimiento civil ya que es largo y costoso, existen fundamentos de apropiación indebida y por tanto es un hecho de índole penal, así ahorrará costes a la comunidad (y además no evita que se inicie al mismo tiempo la vía civil de reclamación de las cantidades adeudadas).
Como le decía, si quiere que nosotros nos encarguemos de ello sólo tiene que mandar un correo electrónico a mi e-mail personal y nos encargaremos del caso. Solicitaríamos la documentación, prepararíamos un presupuesto y expondríamos el caso ante la comunidad de propietarios, lo que se puede reclamar, lo que no y cuales serían los honorarios del buffette.

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