No. Puede vd., como propietario proponer al presidente de la Comunidad su parecer respecto de la necesidad de disponer de un ascensor en la misma, a partir de ahi, se puede someter a votación en la próxima asamblea de propietarios la posibilidad de acometer esta mejora del inmueble y dependerá del acuerdo de los vecinos el que se lleve o no a cabo la mejora, de todos modos no hay una obligación de realizarlo. Incluso en el caso que se considerara necesario para la eliminación de barreras arquitectónicas, la obligatoriedad sólo alcanza a una parte proporcional de las cuotas pagadas sobre la Comunidad, es decir, que en ocasiones los propietarios que desean disponer el ascensor acaban costeándolo con el permiso de la Comunidad e incluso llegan a usarlo privadamente aquellos que lo han costeado.
Un saludo
Jaime Feiner
j.feiner.catocc@gmail.com