|
Estimado donsindin:
Muy dificil contestarle porque exigiría el examen de la documentación que Vds. tienen.
Para mí, a bote pronto y con base en lo que Vd. me cuenta, la piscina no tiene nada que ver con los edificios, es más, tienen montada una industria -digámoslo así- sin legalizar aunque paguen agua, luz, IBI etc. que se nutre y mantiene de las cuotas de los copropietarios.
Yo creo que sí pueden prohibir la entrada a una propiedad privada de 20 propietarios, inscrita en el registro, que no figura como zona común de los edificios colindantes ni forma parte de los mismos ni de su escritura de obra nueva ydivisión de propiedad horizontal.
Eso es una "chapuza del constructor", que dió aprovechamiento a un solar que por sus dimensiones o características no era construible y que con ello ganó unos duros.
Ahí se ha quedado una "cosa extraña" que con los años ha tenido tolerancia municipal en la creencia que pertenece a los edificios colindantes y forma parte del conjunto, pero de nuevo en mi opinión, sin legalizar.
Que problema veo: Que como pongan un control e impidan el acceso, se pueden encontrar con una denuncia de alguno de los que se aprovechan de la instalación y que al no poder entrar se ponga revanchista, y vaya a resultar más caro la legalización y pago de impuestos y canones, tasas, inspeccion sanitaria, equipos de seguridad, monitor de salvamento etc.etc. que el dinero que puedan cobrar a esos señores.
Actúen con mucha precaución y cuidado.
Un saludo.
|