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Antes de nada, gracias por la respuesta, me he vuelto loco para buscar la normativa vigente en internet y no he dado con ella...
Sobre lo de que no deben salir a la calle, lo que me ha comentado repsol, es que las calderas atmosfericas ya estan prohibidas en nuevas instalaciones con salida de humos a la calle, de ser atmosferica tienen que tener la salida de humos a una chimenea comun del edificio. Si se tiene que poner salida a la calle, la caldera tiene que ser un modelo estanco con el tubo doble y todo eso.
Parece ser que una instalacion como la mia, la pasan hasta que la caldera se rompa, momento en el cual, me obligaran a montar una estanca. Sin embargo creo que el tecnico si se pone farruco podria hacerme cambiar la cadera ahora con la normativa en la mano. De ahi todas mis dudas...
Sabes si esta la normativa en internet???
Muchas gracias por todo...
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