|
hola, precisamente en mi familia hemos vivido algo parecido y lo cierto es que lo que dicen de que es zona comunitaria tienen razon ya que asi lo contempla la ley horizontal de la propiedad en la que se basan las comunidades de veciones y es esta la unica que puede autorizarte la colocacion del mismo u obligarte en su caso a kitarlo de donde lo has puesto, y sobre que te puede pasar pues sencillamente que la comunidad te denuncie y encima de kitarlo que lo acabaras kitando te cocara pagar una multa que desconozco su cuantia, respecto a los dos aparatos situados en las fachada , la misma ley contempla que es el sitio adecuado para colocarlo siempre en la fachada del propietario y con el consentimiento de la comunidad pero en tu caso si ya hay dos el tullo sera el tercero, un saludo.
|