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Tal y como indica el Plan General Contable pudiera ser factible incluirlos como gastos de primer establecimiento,pues son gastos necesariso que se realizan hasta que la empresa inicia su actividad y están motivados por un aumento de su capacidad.
Ahora bien, si los contabilizas como gastos de primer establecimiento,no te los podrás deducir como gastos directamente,sino que tendrías que amortizarlos anualmente (con cargo a la cuenta 680) y en un período máximo de 3 años. Puedes estudiar la opción que mejor te convenga,si deducirlos como gastos en tus declaraciones o bien amortizarlos año a año.
Un saludo
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