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TEN CUIDADO EN ESO. Para incapaciar a una persona es el Juez quien tiene que dictaminar y al tutor. La venta la tendra que aceptar el Juez pues tendra en consideración si esta persona queda desprotegida o no con la venta. Haber scomo firmas las arras, el no puede porque esta en proceso de incapacitación y el tutor de momento no tiene potestad, por lo que seria conveniente que primero esperaseis a la sentencia de juez y presenteis la venta, es un proceso largo dado que hasta que el juez no dictamine y emita el auto de sentencia pueden pasar unos meses...
Yo no me arriesgaria, pero si decides firmarlas, sobretodo pon en ellas una clausula donde diga que en caso de que el juez no aceptase la venta se te devolvera las cantidades entregadas hasta ese momento, es mas, yo dicha cantidad la entregaria en deposito en una notaria por si las moscas. La firma la tiene que hacer el titular de la vivienda,mientras que no tenga sentencia de incapacidad es el dueño de hacer lo que quiera...
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