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Hola, desde ya gracias por tu tiempo. Hace en noviembre del 2006 compre sobre plano un piso, el esdificio ya esta practicamente terminado, le he entregado 18000 ? iva incluido , me falta el ultimo pago que estimo que me lo pediran dentro de unos 15 dias, dada la situacion economica y que los bancos han cambiado su politica a la hora de tazar los pisos y los porcentajes de hipoteca antes un 90% y ahora un 70 % no puedo hacer frente a la compra del piso. El contrato pone que si el comprador no pagase alguna de las cantidades previamente acordadas se considerara con una penalizacion en supuesto de resolucion por impago total o parcial o retraso en el pago por parte del comprador el vendedor retendra en concepto de indemnizacion alzada (aceptada por las partes) de daños y perjuicios en penalidad la cantidad abonada hasta la fecha con un maximo del 10 % del precio de venta. Mi pregunta quien decide que porcentaje de devolucion es la apropiada ya que dice UN MAXIMO y si eso por ley es legal, dado que ademas todavia yo no he incurido en ninguna mora de pago. Tengo entendido que como maximo es un 50 % de las cantidades entregadas. Por favor me urge. A la espera de su respuesta,agradeciendo de antemano, un saludo.
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