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En realidad si tu solo tienes contrato de compraventa, no hay que ir a notaria, seria con otro contrato de compraventa con cesión de derechos.
Te digo como seria:
1º mira si tienes alguna clausula en tu contrato en que te impida vender antes de escriturar.
2º no estaria de mas, que aunque no haya ningun impedimento, lo comentes al promotor, puesto que finalmente tendrá que escriturar en notaria con "tu cliente comprador"
3º tienes que informar al comprador que entidad bancaria tiene concedida la hipoteca para esa vivienda, para que vea si le interesa y comience a gestionar la hipoteca que necesita, bien subrogación, subrogación con ampliación, hipoteca en otra entidad distinta (no se puede obligar a ningun comprador a subrogarse a la hipoteca que constituye el promotor) etc....
4º tienes que realizar un contrato de compraventa con cesión de derechos.
Este contrato no tiene mas complicaciones, si no tienes nadie que te lo haga, seria copiar el contrato que tu ya tienes, en el que la parte vendedora eres tu, la parte compradora es tu cliente y en el que tienes que hacer constar que lo que vendes son tus derechos adquiridos en el contrato que realizaste en su dia, con los datos de quien promueve, construye, plazos de entrega, etc....
Espero que te sirva la respuesta.
Un saludo
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