¿Derecho a devuelto de alquiler?

Estamos de alquiler en un piso que nos cuesta 900 euros por mes en Barcelona. El piso tiene un gran balcón el cual usamos mucho.

Hace 2 semanas, han empezado hacer obras en toda la fachada. Hay ruido todo el día y han cubierto el edificio con un tipo de tela verde que nos corta mucho la luz. Lo más importante es que no nos permite usar el balcón desde hace 2 semanas porque están renovándola con toda la fachada. Los trabajadores pasan por el balcón como si fuera su propiedad y entiendo, claro, que tienen trabajo pero a nosotros, nos causa mucha molestia.

Bueno, la pregunta es esto. Como no nos permiten usar el balcón, ¿tenemos derecho pedir una reducción en la mensualidad del alquiler? Han dicho que esta situación durará durante 2 o 3 meses, durante cual no podemos usar el balcón, y pronto será el verano. Hemos tenido que llevar todas nuestras plantas adentro y sufren mucho sin luz y va a costarnos más dinero para reemplazarlas también.

Espero que me pueda ayudar o dar algún consejo. 900 euros por mes es mucho dinero y si tenemos derecho pedir una reducción, sería un gran ayuda en estos tiempos tan malos.

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¿Cuánto tiempo lleváis de alquiler en el piso? Tenéis que daros cuenta que son obras que no dependen de vuestro arrendador, sino de la comunidad y son para mejoras del edificio. Os pregunto lo del tiempo porque si lleváis poco y el propietario sabia que estas obras se tenían que realizar, os tendría que haber avisado, pero si lleváis un tiempo considerable en el piso, es decir que el propietario de la vivienda tampoco sabía lo de las obras es otra cosa.

Yo os aconsejo hablar con el propietario y contarle vuestra situación y los daños que os esta causando la obra del edificio y comentarle que os interesaría continuar en la vivienda siempre y cuando mientras dure ésta tengáis una compensación económica.

Espero ayudaros. De todas maneras mirare la Ley por si comenta algo de esta situación.

Muchas gracias cruz22. Hemos vivido aquí durante 2 años más o menos. De hecho, un par de días antes de empezar las obras, mandamos aviso de salir del piso después de 3 meses (que dice el contrato). Estamos pensando que tal vez nos pueden devolver un mes por estas molestias y no tendríamos que quedar y aguantar todo. Tenemos otro piso donde irnos ya y quedamos aquí simplemente porque tenemos que seguir pagando el alquiler durante los últimos tres meses. ¿Qué dice usted?

¿Cuál Ley deberíamos leer?

Saludos

Susan

Lo primero por favor llamame de TU, ja, ja,. La Ley donde lo especifica todo es "La Ley de Arrendamientos Urbanos". Esta tarde en el trabajo si puedo y tengo tiempo le echare un ojo para ver que dice sobre las obras comunitarias en los edificios.

jajaja perfecto. Muchas gracias. Estaré a la espera de más información cuando la tienes.

:)

Susan esto es lo que he encontrado en la Ley. Te lo copio tal cual porque creo que lo dice claro.

Un saludo.

Artículo 22. Obras de mejora
1. El arrendatario estará obligado a soportar la realización por el arrendador de obras de mejora cuya ejecución no pueda razonablemente diferirse hasta la conclusión del arrendamiento.
2. El arrendador que se proponga realizar una de tales obras, deberá notificar por escrito al arrendatario, al menos con tres meses de antelación, su naturaleza, comienzo, duración y coste previsible. Durante el plazo de un mes desde dicha notificación, el arrendatario podrá desistir del contrato, salvo que las obras no afecten o afecten de modo irrelevante a la vivienda arrendada. El arrendamiento se extinguirá en el plazo de dos meses a contar desde el desistimiento, durante los cuales no podrán comenzar las obras.
3. El arrendatario que soporte las obras tendrá derecho a una reducción de la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que se vea privado por causa de aquéllas, así como a la indemnización de los gastos que las obras le obliguen a efectuar.

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