Desgravar por alquiler

Hola buenas tardes, me voy a cambiar de piso y el nuevo dueño me dice que quiere que le pague el alquiler en la mano cada mes y no por transferencia bancaria automática como siempre lo hice, la pregunta es ¿si le pago en la mano y el me da contrato y recibos cada mes, puedo desgravar en la presentación de irpf a fin de año?¿hay diferencia entre pagos bancarios y pagos mano a mano con recibos ante irpf?

muchas gracias de antemano y saludo cordial.

1 Respuesta

Respuesta
1

El casero está obligado (por Ley) a emitir los recibos de alquiler.

Si no se los entrega, Usted puede desgravar el alquiler igualmente, pero si le inspecciona la AEAT tendrá problemas (ya que ellos sí que le pedirán a Usted esos recibos).

También es importante que la fianza de la vivienda esté depositada en el organismo autonómico correspondiente (IVIMA, INCASOL, IGVS, etc).

Suerte.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas