Ayuda al alquiler (RBE) VS dueño que no declara

Para mí), mi pareja y yo queremos alquilar un piso:
- El dueño nos ofrece un precio por alquilarlo declarándolo a hacienda, y una rebaja de 60 euros al mes si no lo declara a hacienda.
- Le hemos dicho que no hace falta que lo declare (solo por ahorrarnos los 60 euros, sin más conocimiento al respecto), ya que no sabíamos en qué nos afectaba su situación fiscal. ¿Quizás no puede declararlo al ser vivienda habitual recién comprada? (No conozco su situación)
- Por lo que dentro de unos días traerá el contrato (en supuesto de NO DECLARACIÓN) y nos dará las llaves.
- Tengo la ayuda de la Renta Básica de Emancipación concedida desde hace un año (en un piso que ahora daré de baja para dar de alta este nuevo). Tengo 27 años y quiero aprovechar la ayuda los 3 años que me queda.
- Resulta que yo puedo firmar el contrato con el precio del piso sin declarar. Pero a mí no me perjudica. Yo llevo el contrato a la sede de la ayuda, busco el número en el catastro y ya está: continúan dándome la ayuda.
- El problema es que no quiero tampoco que el dueño se lleve esa sorpresa. También me han dicho que por tener yo menos de 35 años, el dueño no paga nada en hacienda al alquilarlo.
- Esta es mi dicotomía moral: No veo justo que quiera cobrarme más para declarar el piso. Por otro lado yo puedo quedarme con el precio rebajado y recibir la ayuda, pero ¿a él le reclamarán los impuestos en hacienda? Si le salen gratis... ¿le comunico lo de la ayuda o no?... Si no se lo comunico... ¿quizá no me quiera renovar el contrato después del año de rigor?... ¿Se lo aviso y antes de firmar llegamos a un acuerdo y yo le pago los gastos de hacienda?... Estoy liadísimo... No conozco su situación, pero tampoco quiero pagar 60 euros más al mes por algo que quizá cueste menos...

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Respuesta
1
Tienes razón, al ser tú menor de 35 años, la renta del arrendamiento es completamente deducible para tu arrendador. No tendrá que pagar nada. Pero es que tal vez ni lo sepa...
Explícaselo y dile que como no va a tener que pagar a Hacienda hasta que tú cumplas 35, pues que te cobre los 60 euros de menos.
Debes saber que el casero no puede NO RENOVARTE el arriendo dentro de un año.
El casero no puede decir NI PÍO en 5 años.
Sólo el inquilino, una vez al año, puede elegir marcharse, o continuar otro año completo. Si elige marcharse tiene que avisar fehacientemente al menos 30 días antes del cumpleaños del contrato. Si elige quedarse NO HAY QUE HACER NADA. (Los contratos se prorrogan automáticamente)
Y así una y otra vez hasta que el contrato cumpla 5 años. En esa fecha pueden decidir ambas partes. Pero si ninguna se pronuncia, el contrato vuelve a prorrogarse automáticamente por años completos hasta 3 años más en las mismas condiciones: el casero no puede opinar, sólo el inquilino, una vez al año, puede decidir seguir un año más o marcharse.
A los 8 años el contrato se extingue.
Tienes más info aquí: http://sites.google.com/site/papeleosalquiler/pinceladas

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