Cese contrato alquiler

Me gustaría saber si en el caso de fallecimiento del inquilino (del alquiler de un piso) se anularía el contrato cuyo alquiler está exclusivamente a nombre del fallecido, o si tendrían que hacerse cargo los herederos. Es decir, un familiar con una enfermedad terminal tiene firmado un contrato de alquiler que en unos días va a renovar por 5 años, y queríamos saber si como herederos tendríamos que asumir la deuda o si el fallecimiento es causa justificada para anularse el contrato.

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Responda a las siguientes preguntas:
1º) Fecha de celebración del contrato y duración inicialmente pactada.
2º) Si con el arrendatario conviven su mujer, pareja de hecho o hijos dependientes.
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Los herederos del inquilino tienen derecho a la subrogación del contrato en caso de -muerte del arrendatario- tienes tres meses de plazo para comunicar al arrendador el interés por la subrogación si no se comunica en este plazo el contrato quedaría extinguido.
Si se hace uso del derecho de subrogación las deudas del fallecido pasan al nuevo arrendatario.
En caso de no hacer uso del derecho de subrogación la ley de arrendamientos urbanos no indica quien tiene que hacerse cargo de las deudas.
Buenas tardes longinex, me gustaría saber si en el caso de fallecimiento del inquilino (del alquiler de un piso) se anularía el contrato cuyo alquiler está exclusivamente a nombre del fallecido, o si tendrían que hacerse cargo los herederos. Es decir, un familiar con una enfermedad terminal tiene firmado un contrato de alquiler que en unos días va a renovar por 5 años, y queríamos saber si como herederos tendríamos que asumir la deuda o si el fallecimiento es causa justificada para anularse el contrato.
Muchas gracias.
Antes de nada, gracias por contestar. No queremos subrrogarnos, solo saber si tras fallecimiento automáticamente el contrato se anula o si tendremos que hacernos cargo los descendientes del contrato (la deuda) hasta que finalice.
Hay una confusión en lo que escribí, es un contrato por 5 años pero que se renueva cada año...
Gracias de nuevo.
Si los herederos no están interesados en la subrogación del contrato este contrato queda extinguido y si hay deudas del fallecido, la propiedad tiene muy difícil cobrarlas sin enbarcarse en un costoso proceso judicial.

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