No sé qué quieres decir con "si tienen derecho a recibir el recibo de la portería" Si te refieres a PAGAR la comunidad, tendrán que atenerse a lo que hayan firmado en el contrato.
Respecto al seguro.
Los seguros son optativos. No obstante, te digo lo mismo, si se han comprometido en el contrato a contratar uno deberían cumplir con lo firmado.
Te diré sobre los seguros que aunque la casera tenga uno, ese NO SIRVE para los siniestros de tus padres. El seguro sólo cubre a aquél que lo contrató. Si tus padres se dejan la sartén y hay un fuego, el seguro de la casera no se hará cargo, puesto que NO LE HA SUCEDIDO A ELLA.
Aquí tienes más información sobre ello:
http://sites.google.com/site/papeleosalquiler/seguros