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Perdona, fue un error mi respuesta anterior, efectivamente si debe aplicar el IVA, y la retención debe tenerse en cuenta si el pagador de estas rentas se encuentra incluido entre los obligados a retener o ingresar a cuenta, que establece el artículo 71 del Reglamento del Impuesto.
Lo que sigo pensando es que no podrás desgrabar por ello en la renta, si lo vas a destinar a uso particular.
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