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alquiler entre particulares

Experto:
Usuario:
Fecha: 10/01/2006
Valoración: (4,00 sobre 5) Categoría: Fiscalidad
02/01/2006
yalbaj, usuario preguntando en Fiscalidad
Usuario
Voy a alquilar un piso, hasta ahora tenía entendido que si lo alquilo como vivienda no tenía ninguna obligación fiscal, ni de facturar (ni de cobrar iva ni de la retencion de 15%). Mi inquilino y yo vamos a hacer un contrato privado, pero he visto en el telediario que hacienda va a controlar y a perseguir los alquileres no declarados; debo entender por esto que debo declarar mis ingresos en el irpf? para ello que debo hacer?, y si no lo declaro pueden que peligro hay de que me pillen y me denuncien; quizas que mi inquilino se desgrabe el alquiler que me va a pagar? La verdad, no se como funciona esto pq jamas he alquilado un piso y me gustaria que me orientasen sobre los pasos a seguir para hacerlo bien.
Un saludo y muchas gracias!!
06/01/2006
yalbaj, experto respondiendo en Fiscalidad
Experto
El contrato privado debe someterse a la legislación sobre alquiler de "vivienda habitual" que regula casi todos los aspectos del contrato dejando pocas opciones a las partes. La ley está de parte del inquilino que, si lo desea, podrá estar hasta 5 años ocupando el piso, independientemente de lo que se diga en contrato.
Su única obligación ante hacienda es declarar los ingresos del alquiler y los gastos que le genere en el IRPF del año. Si el inquilino puede desgravar el alquiler que le paga a usted no habrá forma de "escapar" al control de hacienda porque el cruce de datos es inmediato (al inquilino le piden datos del arrendador y catastrales)
10/01/2006
yalbaj, usuario preguntando en Fiscalidad
Usuario
Muy Bien. Me ha sido de gran utilidad
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