Devolución de la fianza

Hola, mi caso es que tengo un contrato de arrendamiento de fincas urbanas."de los que se compran en un estanco" alquilando un piso por una duración de 11 meses y pagando un fianza de un mes, he decidido deja el piso a los 4 meses 1/2,avisando con dos meses de antelación.
Mi intención es dejar la fianza para pagar los últimos 15 días y los gatos de luz y agua y aún así me sobraría dinero de la fianza.el arrendador me dice que he perdido la fianza y que le debo los 15 días más gastos.
El contrato no esta sellado por ningún organismo oficial, solo esta firmado por ambas partes, el arrendador no deposito la fianza en la cámara de la propiedad y no hay ninguna clausula de penalización por incumplimiento de contrato, el dinero que recibe de alquiler creo que no lo declara aunque le hago los ingresos por transferencia bancaria en concepto de alquiler con sus gastos correspondientes, el concepto del recibo del primer mes viene reflejado el alquiler más la fianza.
¿He perdido la fianza?
¿Tengo qué pagar lo que me pide?
P.D.El piso lo dejo en perfectas condiciones.
Eso es todo muchas gracias.

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Si se llegó a un acuerdo verbal en su día, yo entendería que con el depósito el arrendador ya no te tendría que reclamar nada, debido a que es suficiente dinero como para poder cancelar todos los costes. Daría el tema por finiquitado.
P.D. Respecto a los contratos de mínimo 1 año, son aquellos (en gran parte), que están regidos por la L.A.U., los demás, están regidos por el código civil, entonces ya tiene los "blindajes" que las partes en su día pactaron.
Muchas gracias, me has sido de gran ayuda.
Un saludo.
Gracias por la rapidez, mi siguiente duda es:el piso lo he desalojado el día 15 de este mes, si doy por pagado al arrendador con la fianza, que cubriría de sobra los 15 días más gastos ¿qué consecuencias puedo tener?.
Si por ley el contrato mínimo es de 1 año, al hacerlo por 11 meses puedo alegar que no es válido.
El día de la negociación acordamos verbalmente que que si dejaba el piso antes del contrato me devolvería la fianza siempre y cuando el piso estuviese en buenas condiciones.si no pago más ¿puedo dejar el tema por zanjado?.
Gracias.
Lamentablemente perderás el depósito y deberás abonar los 15 más gastos, por el siguiente motivo:
Todos los contratos de arrendamientos, por ley son de una duración mínima de 1 año y un máximo de 5 años, al incumplir dicho plazo se indemniza a la parte arrendadora con un mes de renta por año no cumplido.
Por otro lado, la ley no obliga a la parte arrendadora a ingresar la fianza en la cámara de la propiedad de tú comunidad.
Un saludo dsancha, si tienes cualquier otra consulta no dudes en contactar conmigo.

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