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Teoriacamente depende del contrato que se firma, ya que en el debe de figurar el tanto el inventario de lo que tiene el piso como del estado en general del mismo. Debe de pactarse. Personalmente creo que seria interesante proponer al dueño un intercambio de prestaciones, usted pinta el piso y el le deja un periodo de carencia en el pago de la primera mensualidad, el resto se me hace complicado ya que si el dueño no lo ha pintado antes de ponerlo en alquiler es que no tiene muchas intenciones de hacerlo ahora. Pero directamente contestando a la pregunta LA LEY NO OBLIGA AL PROPIETARIO A PINTARLO, LO MISMO QUE A USTED NO LE OBLIGA A ALQUILARLO (aunque sea duro decirlo así).
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